jueves, 7 de junio de 2007

UNIDAD 2: El Contrato de Trabajo

El tema a tratar en la presente unidad, es el del contrato y la relación del trabajo ya que mientras se den los elementos esenciales del mismo, no puede entrarse a desconocer los efectos que éste produce entre las partes y que en muchas ocasiones, puede éste desconocimiento, terminar en perjuicios irreparables para los patronos o empresas. En éste aspecto, considero de vital importancia que tanto patronos como trabajadores y aún los contadores como auxiliares de los patronos o empresarios, conozcan de manera inequívoca, cuáles son las justas causas de terminación de los contratos de trabajo, cómo se debe actuar cuando se dé alguna de ellas y cuáles son las sanciones que patronos o trabajadores deben pagar como indemnización cuando se da por terminada una relación o contrato de trabajo sin justa causa.
Horizontes
• Hacer que el estudiante comprenda qué es un contrato de trabajo, cuáles son los elementos esenciales del mismo y en qué forma se puede dar comienzo a una relación laboral.
• Enseñar a los estudiantes que una vez suscrito un contrato de trabajo en el que se ha pactado o no un tiempo de duración, existen unas causas justas para Poder terminar el mismo sin incurrir en las sanciones legales que establece la ley.
• Aparte de estudiar las justas causas de terminación del contrato de trabajo, también es indispensable que el futuro profesional bien sea porque trabaje para un empleador o como independiente, conozca cuáles son las obligaciones y derechos que la legislación laboral establece tanto para empresarios como para los trabajadores.
• Al estudiar el fuero sindical, es necesario enseñar al estudiante, que existen contratos que no pueden darse por terminados sin que medie autorización judicial, so pena de que aún existiendo justa causa para el despido, se pueda incurrir en un despido injustificado, con los consabidos perjuicios económicos para el patrono.
Proceso de Información
Antes de entrar a conceptuar qué es el contrato de trabajo, debe definirse qué se entiende por Trabajo. Al respecto, el artículo 5 del C. S. Del T. lo define como “toda actividad humana, libre lícita, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra persona natural o jurídica, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.